

ACADEMIA DE POLICÍA LOCAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2008, de la Gerencia, por la que se convoca el
“XLVII Curso Selectivo de Formación Básica para Policías Locales de Nuevo Ingreso” en la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.



/>

/>De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 4/1992,
/>de 8 de julio, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de
/>Madrid, que incluye en el sistema de selección para el ingreso en la Policía
/>Local de la Comunidad de Madrid un curso de formación de carácter
/>obligatorio;

y lo previsto en los artículos 2 y siguientes de la
/>Ley 15/2000, de 21 de diciembre, de creación de la Academia de Policía
/>Local de la Comunidad de Madrid, adscrita a la Consejería de Presidencia,
/>Justicia e Interior se convoca el

“XLVII Curso Selectivo de
/>Formación básica para Policías Locales de Nuevo Ingreso” en la Policía
/>Local de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes
/>normas:

/>1.

Participantes:

Deberán asistir a dichos cursos los aspirantes a
/>ingreso en los Cuerpos de Policía Local de los municipios que hayan
/>superado la primera fase de las pruebas selectivas de ingreso, y
/>se encuentren en situación de funcionarios en prácticas.

/>En todos los casos, los Ayuntamientos facilitarán a la Academia
/>de Policía Local de la Comunidad deMadrid los datos de identificación
/>de quienes hayan de realizar el curso.

/>2.

La reserva de plaza en el curso anteriormente citado podrá
/>hacerse a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución
/>en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y
/>hasta un mes después.

/>3.

Duración y calendario:
El curso se iniciará el 3 demarzo de 2009
/>y sus sesiones se desarrollarán durante los días y horas previstos en el
/>desarrollo académico del mismo.

/>4.

Lugar:

Las sesiones del curso tendrán lugar en la Academia
/>de Policía Local de la Comunidad de Madrid, sita en la carretera de
/>Colmenar Viejo, kilómetro 13,600, de Madrid, sin perjuicio de
/>aquellas otras que por interés académico se puedan desarrollar fuera
/>de dichas instalaciones.

/>5.

Sistema de evaluación de las clases:

Los profesores harán un
/>examen que se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para
/>aprobar obtener una calificación de 5 puntos.

Los profesores darán
/>traslado de los resultados finales o notas, a través de los Coordinadores,
/>al Director del

Área de Estudios de la Academia de la Policía
/>Local de la Comunidad deMadrid a la mayor brevedad posible para
/>que se computen en la nota final.

/>6.

Superación del curso de formación:

Para superar el curso de
/>formación se precisará haber obtenido al menos una nota media de 5
/>puntos en el cómputo general de todas las asignaturas

(teóricas y
/>prácticas)

tras el cómputo de los exámenes y haber sido declarado
/>apto en todas y cada una de las asignaturas.

/>7.

Situación jurídica de los alumnos:

Durante el tiempo que permanezcan
/>realizando el curso de formación, los asistentes tendrán la
/>condición de funcionarios en prácticas.

Por consiguiente percibirán
/>del respectivo Ayuntamiento las retribuciones establecidas por dichas
/>Corporaciones Locales de procedencia.

/>8.

Normas de comportamiento y asistencia:

Los aspirantes asistirán
/>al curso vistiendo el uniforme reglamentario y deberán estar
/>provistos de equipo de deporte para efectuar las correspondientes
/>actividades.

/>A los alumnos les serán de aplicación las normas de régimen interior
/>vigentes para el funcionamiento de la Academia de Policía
/>Local de la Comunidad de Madrid y que les serán detalladas al comienzo
/>del curso.

/>

/>
Madrid, a 2 de diciembre de 2008.
—El Director-Gerente de la
/>Academia de Policía Local, Agustín Carretero Sánchez.
