Autor Tema: Computar la antigüedad total como policia local  (Leído 3626 veces)

Desconectado p091

  • Novato
  • *
  • Mensajes: 3
  • Aplausos: 0
Computar la antigüedad total como policia local
« en: Enero 08, 2015, 17:13:55 pm »
Hola, estoy intentando buscar en el foro, este tema.. porque supongo que ya viene de largo..pero no encuentro nada..
/>me podéis decir donde buscar, el tema para aclarar el tema de la antigüedad en el cuerpo de Policía Local.
/>Llevo 15 años como policía, hace dos que permute a otro municipio. donde se me asigno un número profesional..
/>Aquí me dicen que la  antigüedad es la del número..(lógico lo que interesa),
/> yo alego que NO, que el número es un NIP, y que la antigüedad en el cuerpo es desde la toma de posesión como policía local, y allá donde vaya se me reconoce la antigüedad y no solo a efectos de trienios.
/>Total me podéis decir  donde mirar algo..
/>se que hay algunas sentencias clasificadoras, pero no las encuentro así como algún reglamento interno que contemplan la antigüedad total, para lo efectos oportunos.
En línea

Desconectado juanito

  • Administrador
  • Policia
  • *****
  • Mensajes: 447
  • Aplausos: 0
Re:Computar la antigüedad total como policia local
« Respuesta #1 en: Enero 08, 2015, 17:47:19 pm »
Buenas tardes compi: En primer lugar, sería estupendo que pases por el apartado de prresnetaciones a fin de que nos cuentes un poco de ti y así respetemos todos las normas de este foro.
/>
/>En segundo lugar, comentarte que efectivamente, la antigüedad debe ser aquella acumulada, es decir, desde quer tomaste posesión de tu cargo como Policia Local, a excepcion (y que algfuien me corrija si me equivoco) que sea de otra Comunidad Autónoma, en cuyo caso creo que la coporacion de destino puede no contyemplar dicha antiguedad.
/>
/>No obstante, y como digo, si alguien conoce este informacion en contrario que me lo haga saber; mientras tanto, voy a intentar aportarte la base legal en la que se fundamenta para que puedas ejercer tu derecho ante la corporacion a la que ahora perteneces.
/>
/>Saludos
En línea
LO QUE HACEMOS EN LA VIDA TIENE SU ECO EN LA ETERNIDAD

Desconectado Aefe

  • El éxito exige sacrificio
  • VIP
  • Cabo
  • *****
  • Mensajes: 551
  • Aplausos: 6
Computar la antigüedad total como policia local
« Respuesta #2 en: Enero 09, 2015, 09:09:53 am »
Efectivamente la antigüedad se cuenta desde que formas como policía pero no sólo eso, desde que firmaste como funcionario en prácticas. Eso a todos los efectos de trienios, méritos y todo lo que tenga que tener en cuenta la misma.
En línea
El éxito en la vida no se mide por lo que has logrado, sino por los obstáculos que has tenido que enfrentar en el camino.

Desconectado p091

  • Novato
  • *
  • Mensajes: 3
  • Aplausos: 0
Re:Computar la antigüedad total como policia local
« Respuesta #3 en: Enero 09, 2015, 16:15:47 pm »
Perdón por no presentarme ayer.. pero me daba error el ordenador y no podía entrar en ello..
/>Lo de esta pregunta, en fin he buscado y hablado con muchos compañeros. la cosa esta mas o menos legislada e interpretada según la 2/86, tb viene recogida de alguna manera en las diferentes leyes de coordinación de las diferentes comunidades autónomas que he leído..(digo esto, porque nada tiene que ver el que mañana un agente permute de una comunidad a otra.. la antigüedad va contigo).
/>Las sentencias que he encontrado.. el fundamento jurídico.. qeu hay es que lo que te reconocen la antigüedad.. para los efectos, que cada cual, necesita..
/>Y mi pretensión era saber si alguno tenia, algo mas.. sé que hay reglamentos internos que tienen reflejado la antigüedad total,velando por el principio de igualdad.. (no se puede primar mas a un municipio sobre otro..), muchas gracias.. y repito si tenéis sentencias o cuestiones jurídicas,  es lo que me gustaría ver.. un saludo a todos.
En línea

Desconectado juanito

  • Administrador
  • Policia
  • *****
  • Mensajes: 447
  • Aplausos: 0
Re:Computar la antigüedad total como policia local
« Respuesta #4 en: Enero 09, 2015, 16:45:33 pm »
No puedes ver este link. Registrate o Ingresa
Perdón por no presentarme ayer.. pero me daba error el ordenador y no podía entrar en ello..
/>Lo de esta pregunta, en fin he buscado y hablado con muchos compañeros. la cosa esta mas o menos legislada e interpretada según la 2/86, tb viene recogida de alguna manera en las diferentes leyes de coordinación de las diferentes comunidades autónomas que he leído..(digo esto, porque nada tiene que ver el que mañana un agente permute de una comunidad a otra.. la antigüedad va contigo).
/>Las sentencias que he encontrado.. el fundamento jurídico.. qeu hay es que lo que te reconocen la antigüedad.. para los efectos, que cada cual, necesita..
/>Y mi pretensión era saber si alguno tenia, algo mas.. sé que hay reglamentos internos que tienen reflejado la antigüedad total,velando por el principio de igualdad.. (no se puede primar mas a un municipio sobre otro..), muchas gracias.. y repito si tenéis sentencias o cuestiones jurídicas,  es lo que me gustaría ver.. un saludo a todos.
/>
ok, gracias por la aclaracion. Ahora leyendo su post me doy cuenta de que efectivamente usted ya debía de estar suficientemente informado y buscaba ese "algo mas". NO obstante, creo que en este foro es dificil que lo encuentre, puesto que es de opositores a policia en un 80%. No obstante,m el debate sigue abierto. Ah! y bienvenido.
En línea
LO QUE HACEMOS EN LA VIDA TIENE SU ECO EN LA ETERNIDAD